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Consulado de Colombia en Newark

La Ley 1565 de 2012 establece 4 tipos de retorno, ellos son:

 

  • Retorno productivo. Permite el desarrollo y asesoría de emprendimientos de proyectos productivos, así como la orientación para el acceso a créditos para proyectos productivos, considerándose la población retornada como sujeto de las políticas y los fondos de emprendimiento vigentes.

 

A los connacionales retornados que cuentan con proyectos productivos, el Ministerio de Relaciones Exteriores los referencia al Servicio Nacional de Aprendizaje – SENA, entidad que a través de las Unidades de Emprendimiento dispuestas a nivel nacional, brinda orientación en emprendimiento y acceso a las fuentes de financiación vigentes.

 

Una de las acciones desarrolladas por el Ministerio de Relaciones Exteriores fue la suscripción de un convenio con el Banco de Comercio Exterior de Colombia - BANCOLDEX, con el objetivo de establecer una línea especial de crédito que permita financiar los proyectos productivos y empresariales de los migrantes en condición de retorno. En virtud de lo anterior, los migrantes en condición de retorno pueden acceder a créditos con condiciones especiales a través los intermediarios financieros operadores de la línea de crédito, una vez cumplan con los requisitos establecidos en las circulares que reglamentan el cupo especial así como con los requisitos que puedan llegar a exigir los intermediarios financieros. A la fecha, la línea de crédito está siendo operada por el Banco de Occidente Oficina de Mosquera – Cundinamarca.

 

  • Retorno laboral. Permite el acceso a orientación ocupacional y capacitación para mejorar las competencias laborales.

 

A través de la Agencia Pública de Empleo del Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA, los migrantes que retornan pueden acceder a los servicios de orientación ocupacional, intermediación laboral y formación ocupacional. La información sobre las ofertas laborales disponibles se encuentra en el siguiente enlace:

(http://colombianostrabajando.sena.edu.co/spe/servlet/CarteleraVacantes)

 

Adicionalmente, puede ser consultado el Directorio de Centros de Atención de la Agencia Pública de Empleo a nivel nacional en el siguiente link:

(http://sne.sena.edu.co/spe/servlet/CarteleraCursos?accion=mostrarCspeNP)

 

De igual forma, los migrantes que retornan pueden acceder al Servicio de Empleo del Ministerio de Trabajo, a través del enlace http://www.redempleo.gov.co/ o dirigiéndose a alguno de los Centros de Atención Autorizados actualmente dispuestos.

(http://www.redempleo.gov.co/CentrosAtencion.aspx?PUB_Codigo=35)  

 

A través del Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA, los migrantes que retornan pueden adquirir el Certificado de Competencias Laborales, el cual permite validad su experiencia y habilidades en artes y oficios y facilitar su inserción laboral en el país.

http://www.sena.edu.co/oportunidades/trabajo/Paginas/Evaluacion-y-Certificacion-por-competencias-laborales.aspx

 

  • Retorno solidario. Es el retorno que realiza el colombiano víctima del conflicto armado interno y los considerados pobres de solemnidad.

 

En el caso de las víctimas del conflicto armado interno el acompañamiento se articula con lo establecido en la Ley 1448 de 2011.

 

A través de alianzas interinstitucionales y de cooperación se facilitará el acceso a: servicios de salud, adquisición de vivienda de acuerdo a los programas vigentes, capacitaciones a nivel laboral, asistencia social mediante asesorías jurídicas y psicológicas.

 

  • Retorno humanitario o por causa especial. Retorno que realiza el colombiano por alguna situación de fuerza mayor o causas especiales (que pongan en riesgo su integridad física, social, económica o personal y/o la de sus familiares, así como el abandono o muerte de familiares radicados con él en el exterior).

 

- Desconocimiento o inexistencia de referencias familiares. Cuando un nacional decide retornar y ha informado previamente al Ministerio de Relaciones Exteriores sobre la falta de contactos familiares y se ha demostrado que carece de recursos, se procede a realizar la recepción en el puesto de control migratorio y brindar el acompañamiento necesario.

 

- Afecciones de salud. En los casos en que un nacional retorna con alguna patología que requiera de atención médica inmediata, se realiza la articulación con la respectiva Secretaría de Salud para atender al paciente.

 

- Deportados. Cuando un nacional ha de ser deportado y se ha informado de tal situación al Ministerio de Relaciones Exteriores a través de las Oficinas Consulares, y se ha demostrado una situación de vulnerabilidad, se procede a realizar la recepción en el puesto de control migratorio y brindar el acompañamiento necesario.

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